Según la disposición 4932/2026, la prohibición rige en todo el territorio nacional, incluidas las plataformas de venta electrónica, y permanecerá vigente hasta que el producto obtenga el registro exigido por la normativa sanitaria.
El organismo explicó que, al no contar con el registro, no fue posible verificar las características, funcionalidad y condiciones de seguridad del dispositivo, por lo que su uso puede representar un riesgo para la salud de los usuarios.
Además de retirar el producto del mercado, ANMAT inició un sumario sanitario contra Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L. y contra quien ejerza su dirección técnica, por presuntas infracciones a la Resolución N° 709/98, la Disposición ANMAT N° 7292/98 y la Disposición ANMAT N° 8435/19, normas que regulan el registro y la comercialización de estos dispositivos.
Por último, el organismo notificó a la empresa sobre las vías administrativas y judiciales disponibles para impugnar la medida, incluyendo la presentación de recursos de reconsideración o alzada, o la acción judicial dentro de los plazos previstos por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
