La Ley 25.520 de Inteligencia Nacional permite que ciertos recursos permanezcan bajo reserva cuando su difusión pueda comprometer la seguridad del Estado, aunque establece que deben limitarse a lo estrictamente necesario y estar sujetos a control institucional.


En la práctica, ese control queda en manos de la Bicameral. Pero el alcance real de esa supervisión, el nivel de información disponible y el carácter secreto del propio sistema generan una tensión permanente entre la necesidad de control democrático y el funcionamiento reservado de los servicios de inteligencia.


El artículo 37 de la Ley de Inteligencia Nacional le otorga a la Bicameral facultades específicas para controlar los gastos reservados asignados a los organismos de inteligencia. Entre otras atribuciones, puede intervenir en el tratamiento del presupuesto del área, exigir información y documentación a los organismos del sistema, así como verificar que esos fondos hayan sido utilizados según su finalidad.


La normativa también obliga al Poder Ejecutivo a remitir anexos reservados con el detalle de las partidas secretas o confidenciales y establece que la comisión debe elaborar cada año un informe privado para el Congreso y para el Presidente de la Nación sobre la ejecución de esos fondos y las tareas de supervisión realizadas.


La ex interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Cristina Caamaño describe a El Auditor.info cómo funcionaba el circuito de información hacia la comisión parlamentaria durante su etapa al frente del organismo. “La Bicameral recibía todos los años un informe. Pero como lo primero que mandamos se filtró inmediatamente, todo lo vinculado a los gastos reservados iba en un sobre cerrado y lacrado dirigido al presidente de la comisión, que era Leopoldo Moreau”, explica. 


Según Caamaño, la comisión no solo accedía a informes, sino que también tenía facultades para intervenir directamente en los mecanismos de control del organismo. “Incluso podía venir a la agencia a revisar los gastos”, señala.


Sin embargo, Caamaño advierte que el funcionamiento del sistema depende en gran medida de un factor difícil de sostener: la confianza dentro de la propia comisión para resguardar la información secreta. “Creo que debería poder compatibilizarse el secreto entre los miembros de la Bicameral, si realmente quieren acceder a esa información. Si no, uno no puede trabajar desconfiando de que un diputado de la oposición vaya a publicarlo, ya sea sobre un gasto reservado o cualquier otra actividad”, afirma. Y agrega: “Entonces, se hace muy difícil compatibilizarlo cuando los propios miembros de la comisión no respetan el secreto que se requiere en las instancias de inteligencia”.


Otro eje del debate es el nivel de opacidad que rodea al sistema de inteligencia en su conjunto. En ese punto, Caamaño plantea que existieron diferencias marcadas entre distintos modelos de gestión. “Cuando llegué a la agencia, prácticamente todo el presupuesto estaba bajo la categoría de gastos reservados. Lo único que se blanqueaba era el sueldo del director y la subdirectora de la AFI”, repasa.


Tras asegurar que durante su gestión bajaron los gastos reservados, afirma que actualmente "el 100% del presupuesto responde a esa categoría y no se sabe en qué se gasta ni quién lo ejecuta".


Desde una mirada más estructural, la directora Ejecutiva del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Paula Litvachky, plantea que el problema va más allá del nivel de información pública y alcanza al propio diseño del sistema de control y al uso excepcional de los fondos reservados. Para ella, el punto de partida es claro: “Los gastos reservados deberían ser estrictamente los necesarios para las operaciones que requieren algún tipo de secreto y para aquellas cuestiones que necesitan funcionar bajo cierto resguardo, no para todo el funcionamiento del sistema de inteligencia”.


En esa línea, insiste en que la regla tendría que ser la transparencia del gasto y la excepción, el secreto. “Los gastos reservados deberían ser lo más reducidos posible, y todo el resto debería ser presupuesto público, como cualquier otra partida de dependencias públicas”, dice. Pero incluso cuando el secreto es legítimo, advierte, debe existir trazabilidad interna: “Los gastos reservados se tienen que registrar igual. Son reservados en el sentido de que no se conoce públicamente para qué se usan, pero eso no quiere decir que no quede un registro interno, también secreto, que permita saber después en qué se utilizaron”.


Agrega que ese registro tendría que poder usarse en eventuales investigaciones. “Ante cualquier necesidad de auditoría o de investigación por posibles delitos, esa información debería ser accesible para la Comisión Bicameral, el Poder Judicial o los organismos de control”, apunta.


El problema, según su diagnóstico, es que ese esquema no funciona de manera consistente. “Esto ha sido y sigue siendo muy problemático. Los reglamentos sobre gastos reservados, no solo en la SIDE, sino también en otras dependencias como el Ministerio de Seguridad o las Fuerzas Armadas, nunca terminan de dejar en claro cómo deben registrarse esos fondos”, completa.


Ese déficit normativo se traduce, también, en debilidades del control parlamentario. “Históricamente, ese control ha sido bastante deficiente, justamente porque no hay mucha claridad sobre cómo registrar ni sobre cómo los Poderes Ejecutivos usan esos gastos reservados y, por lo tanto, tampoco hay demasiada claridad sobre cómo se los controla”, indica Litvachky. 


Incluso cuando la Bicameral interviene, el acceso a la información sigue siendo limitado: “En algunos supuestos, la Bicameral ha podido acceder a los gastos reservados, pero la comisión también funciona bajo secreto, con lo cual es muy difícil conocer realmente cómo se hace ese control”.


La directora Ejecutiva del CELS plantea una discusión más amplia sobre el rol del Congreso y la necesidad de revisar el propio funcionamiento de la comisión. “Pensamos que el funcionamiento de la Bicameral también debería revisarse. No todo tendría que ser secreto: debería estar más claro cómo son los controles que realizan y, en todo caso, cuáles son los dictámenes y las decisiones que toman respecto de la supervisión de la ejecución presupuestaria de la SIDE”, concluye.