22/12/2025 - NACIONALES (ECONOMÍA, POLÍTICA)
HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO: VENTAJAS Y RIESGOS DE LA LEY DE PRINCIPIO DE INOCENCIA FISCAL

El proyecto del Gobierno nacional para crear la Ley de Principio de Inocencia Fiscal, que modifica la manera en que el Estado controla y fiscaliza los impuestos, ya tiene la sanción de la Cámara de Diputados. Apunta a que los contribuyentes sean considerados inocentes hasta que se demuestre lo contrario, pero a la vez introduce cambios que reducen los márgenes de investigación y sanción sobre la evasión fiscal. ....LEER MÁS ....


Entre las medidas más destacadas se encuentra la actualización de los montos que configuran delitos penales por evasión. La evasión simple, que actualmente se configura desde $ 1,5 millones, pasaría a $ 100 millones; la agravada, de $ 15 millones a $ 1.000 millones; y otras maniobras habituales, como facturas falsas o uso indebido de beneficios fiscales, también elevan sus mínimos. 


Según el ex titular de ARCA Juan Pazo, con este cambio del umbral solo unas 200 causas de las 7.000 abiertas continuarían en el fuero penal tributario, lo que reduce drásticamente la cantidad de contribuyentes que podrían enfrentar sanciones penales.


Para las especialistas consultadas, esta concentración de esfuerzos tiene ventajas operativas, pero también plantea riesgos sobre la transparencia. Elisabet Piacentini, contadora pública tributarista y presidenta de la Comisión Pyme del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, sostiene que “elevar los umbrales para iniciar la acción penal tributaria es considerado lógico, ya que los montos vigentes habían quedado totalmente desactualizados por la inflación y resultaban irrisorios'. 


Y completa: 'Pretender que la administración tributaria destine tiempo y recursos a denuncias por evasiones de montos bajos representa un desperdicio del tiempo productivo de los organismos fiscales”.


Según Piacentini, el nuevo umbral, que pasaría de un monto equivalente a poco más de USD 1.000 a alrededor de USD 80.000, permitirá concentrarse en las evasiones de mayor relevancia y focalizar los recursos en los casos que realmente ameritan intervención. Destaca, además, que la extinción de la acción penal ante el pago de la deuda no solo permite ingresos rápidos al fisco, sino que también evita litigios judiciales extensos, un mecanismo que considera recuperatorio y eficiente.


“Elevar los umbrales para iniciar la acción penal tributaria es considerado lógico, ya que los montos vigentes habían quedado desactualizados”, plantea la tributarista Elisabet Piacentini


En cuanto a los plazos de revisión, Piacentini explica que la reducción de los años de prescripción y del tiempo para que el fisco examine declaraciones es beneficiosa: “Permite concentrar los esfuerzos en los períodos más recientes, donde hay mayores posibilidades de detectar inconsistencias y contar con pruebas suficientes. Actualmente, los requerimientos se enfocan principalmente en los años más recientes, como 2023 y 2024, debido a la dificultad de auditar ejercicios antiguos y a la limitada capacidad operativa de los inspectores”.


Sin embargo, advierte que la menor información proveniente de bancos, escribanos o agencias de venta de automóviles puede dificultar cruces de datos esenciales para detectar evasión compleja.


Desde otra perspectiva, María Eugenia Talerico, ex vicepresidenta de la Unidad de Información Financiera (UIF), coincide en que elevar los montos de la evasión permite focalizar la fiscalización en los grandes contribuyentes y en conductas que afectan de manera real a la renta pública: “La supervisión respecto de los grandes contribuyentes permite concentrar recursos del Estado en compañías o grandes evasores. En una economía donde entre el 40% y el 50% opera en negro, priorizar estas acciones es indispensable para proteger la recaudación”.


“El cumplidor regular puede sentir que la situación es injusta”, advierte María Eugenia Talerico, ex vicepresidenta de la UIF


Talerico advierte que los cambios permanentes en moratorias, planes de pago y la habilitación para utilizar dinero no declarado mediante la declaración simplificada de Ganancias pueden generar sensación de desigualdad entre quienes cumplen y quienes acceden a facilidades para regularizar fondos. “El cumplidor regular puede sentir que la situación es injusta, sobre todo si ha sufrido embargos o sanciones mientras otros acceden a condonaciones o facilidades para regularizarse”, subraya. 


Piacentini, en tanto, agrega que, desde un punto de vista técnico, permitir la utilización de dinero no declarado puede ser positivo si está bien reglamentado, ya que brinda previsibilidad y seguridad jurídica y puede destinarse a inversión, compra de insumos o nuevos emprendimientos, generando un círculo virtuoso de actividad económica, empleo y productividad.


El proyecto también establece que ARCA no realizará denuncias penales si se cancela la deuda antes de iniciarse la causa o dentro de los 30 días posteriores, con el pago de intereses y un recargo del 50%. Según Piacentini, “esto permite concentrar recursos en casos relevantes y evita litigios extensos”, mientras que Talerico advierte que, si bien es un mecanismo recaudatorio útil, “traslada la penalización de la evasión a un riesgo económico más que legal, lo que cambia la naturaleza del control estatal”.


Piacentini destaca que la reducción de obligaciones patrimoniales permite que el fisco concentre sus recursos en los contribuyentes de mayor relevancia fiscal, dejando de destinar tiempo a controles intensivos sobre pequeños contribuyentes y pymes. 


El proyecto, según la defensa del oficialismo, busca un equilibrio entre eficiencia y control, priorizando los casos de mayor relevancia fiscal y reduciendo litigios innecesarios, aunque advierten sobre los riesgos de desigualdad percibida y las limitaciones en las herramientas de supervisión.



EL CARTERO DE PINAMAR
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