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EL CONCEJO DELIBERANTE DETERMINÓ LA REALIZACIÓN DE UNA AUDITORIA POR EL FALTANTE DE $ 67.341.690.- EN LA TESORERÍA MUNICIPAL
02/12/2025

El Concejo Deliberante aprobó un Proyecto de Resolución, (Expediente Nº 4123-2796/2025 Cpo. 2 -) respecto del hecho de administración fraudulenta en la tesorería municipal de Pinamar, estimado en al menos $67.341.690, instando al Departamento Ejecutivo para que en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles, disponga la realización de una auditoría contable integral de la Tesorería y Contaduría General que abarque un período de no menos de (1) año anterior a la fecha del hecho denunciado (enero de 2025), con el objeto de determinar el monto real del fraude, su evolución temporal y las operaciones vinculadas a la agente municipal denunciada, Norma Beatriz Watson, y otros responsables si correspondiera. ....LEER MÁS ....

La iniciativa fue aprobada con seis votos positivos, la abstención de la concejal Sabrina Giraldi y las negativas de los concejales Fernando Ávila, Alejo Yeza y Carolina Llamazares.


El 31 de enero de 2025 el entonces Secretario de Hacienda, Dr. Francisco Montes, radicó la correspondiente denuncia penal ante la Unidad Fiscal Descentralizada de Dolores, dando inicio a la investigación por presuntas maniobras defraudatorias en la Tesorería Municipal, con un perjuicio patrimonial al Municipio de al menos $67.341.690,02, según lo constatado en la 'auditoría preliminar' efectuada por la Secretaría de Hacienda y ratificado en sede judicial. 
Sin embargo mediante el despacho de la Unidad Fiscal de fecha 27 de agosto de 2025, se requirió expresamente al Municipio de Pinamar y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la realización de un informe minucioso de los balances contables municipales, a fin de determinar con precisión el origen y trazabilidad de los fondos faltantes y las inconsistencias contables detectadas. 
La respuesta del Departamento Ejecutivo se efectúo a través de la Comunicación Nº 4242/25, en forma parcial e insuficiente, sin detallar los resultados contables, ni el informe comparativo de funcionamiento interno de la Tesorería, limitándose a acompañar copia de la de la Secretaría de Hacienda,Resolución Nº 0137/25 por la cual se dispusieron medidas preventivas de control interno y readecuación de procesos. 
En ese contexto el H.C.D. estimó necesario 'profundizar el requerimiento de información, para conocer el monto real del perjuicio económico, la duración temporal del fraude, y las responsabilidades funcionales involucradas en la operatoria, ello para contribuir al control institucional y la transparencia en la administración de los fondos públicos'.


El proyecto de Resolución aprobado y mencionado al comienzo de este artículo, dispone entonces la realización de una auditoría contable integral y retrospectiva, con un alcance mínimo de un año anterior a la fecha del hecho denunciado, abarcando la totalidad de las operaciones de Tesorería y Contaduría General, con el objeto de obtener un informe más amplio y explicación de las medidas adoptadas, más el envío del organigrama funcional y explicativo de las responsabilidades, jerarquías y dinámicas operativas de las áreas de Tesorería y Contaduría General, antes y después del hecho. 


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