El dirigente explicó que el criterio central del fallo es que la actividad, más allá de la tecnología utilizada, no cambió en su esencia. «Al momento que un trabajador a partir de una aplicación o un teléfono va de un punto a buscar un pasajero y lo lleva a otro punto, y le cobra, eso corresponde a nuestro CCT», afirmó Poli, quien remarcó que la figura del alquiler de automóviles es una simulación: «Más allá de que las empresas deRentas quieran darle una figura de alquiler de autos, la realidad es que son las nuevas formas de remisería con llamado por aplicación»
Poli destacó que este convenio es «el único y específico de la actividad del remis» y que su aplicación garantiza a los trabajadores los derechos correspondientes al sector, con doce categorías salariales. En el caso de deRentas, señaló que por tratarse de una empresa grande le corresponde la categoría máxima del chofer. «Ellos quisieron darle una figura de alquiler de autos con contratos leoninos en los que tienen que pagar por semana adelantado para llevarse el auto y trabajar, cuando en realidad son empresas de remises, las cuales van a tener que cumplir nuestro CCT», sostuvo el secretario general.
El fallo representa un avance para la Federación en su estrategia de encuadrar a las nuevas modalidades de transporte bajo la legislación laboral vigente. La sentencia no solo alcanza a deRentas, sino que sienta un precedente para otras aplicaciones y agencias que operan con contratos de supuesto alquiler. Desde la FAREM proyectan que, en el futuro, la actividad quedará organizada en resguardo de los derechos de los hombres y mujeres que trabajan en el sector.

