Lleva el número 190 y hace referencia a la violencia que no sólo afecta a los trabajadores de fiscalización, justicia y control, sino también al Estado y, en definitiva, a toda la ciudadanía. Hace más de una década que la Asociación del Personal de los Organismos de Control (APOC) junto a la ISP, la Ulatoc y la Red ICJ, conformada por los gremios de Impuestos, Control y Judiciales trabajan para lograr esta protección.


El Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, cualquiera que sea su situación contractual; a quienes están en formación, incluidos los pasantes y los aprendices; los trabajadores despedidos; los voluntarios; los que buscan empleo; los postulantes a algún puesto; y a los individuos que ejercen la autoridad, funciones y las responsabilidades de un empleador.




 


En el centenario de la OIT, se aprobó un convenio que busca proteger a los trabajadores.


Se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.


También abarca a la violencia y el acoso en el mundo laboral que ocurren  durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo.


El convenio debe ser ratificado por los países miembros para su aplicación en el territorio.


La delegación de APOC estuvo encabezada por Federico Recagno, secretario General de la Mesa Nacional, quien manifestó su alegría por lo que consideró un gran logro para los trabajadores.


Ahora, que ya cuenta con la aprobación por parte de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, debe ser ratificada por los países miembros para su aplicación en el territorio. Todo Estado que ratifique el Convenio debe establecer mecanismos de control de su aplicación y seguimiento, o fortalecer los mecanismos ya existentes.


También tendrá que velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso, reparación y a medidas de apoyo. Asimismo, tendrá que prever sanciones. Además, deberá adoptar una legislación que defina y prohíba la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, con inclusión de la violencia y el acoso por razón de género


Las disposiciones del Convenio tendrán que aplicarse por medio de la legislación nacional, así como a través de convenios colectivos o de otras medidas acordes con la práctica nacional. En el caso que existan normas de seguridad, deberán ser ampliadas para que abarquen la violencia y el acoso, en caso contrario, tendrán que elaborarse de ser necesario.