12/01/2021 - EL MUNICIPIO DE PINAMAR SOBRE LAS NUEVAS DISPOSICIONES Y RESTRICCIONES HORARIAS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESEn vistas de la publicación en el día de ayer del Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispone las siguientes medidas, que entrarán en vigencia el lunes 11 de enero a partir de las 01.00 horas. LEER COMPLETO .... 1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3. En el caso de Pinamar, Fase 4. 2. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente. 3. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos. 4. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales. 5. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos. 6. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias. 7. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen. |
27/03/2024 - FUENTE: PRENSA MUNICIPALIDAD DE PINAMAR MANEJEMOS CON RESPONSABILIDADDurante el finde largo, circulá en regla y por los corredores seguros con tu 4X4, cuatriciclo, moto o UTV. 🙏 Evitemos accidentes, usando los vehículos de manera responsable. 👉 Más información: https://pinamar.gob.ar/cuatriciclosyutv/ 25/03/2024 - FUENTE: PRENSA MUNICIPALIDAD DE PINAMAR ESTUDIO DE DEMANDA TURÍSTICA DE ENERO-FEBRERO 2024Te invitamos a participar de la presentación del Informe Descriptivo del Estudio de Demanda Turística...CONTINUAR LEYENDO ... 19/03/2024 - ESPACIO DE PUBLICIDAD OSTEOPATIA CRÁNEO SACRAL Y LA PRAXIS VERTEBRAL TIBETANAVER AVISO AMPLIADO HACIENDO "CLIC" EN IMÁGEN .... |